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Indecopi anula cobro de Sunedu para el reconocimiento de títulos extranjeros

¡Adiós al pago de S/ 1.188! La entidad concluyó que la tasa impuesta por Sunedu no fue sustentada conforme a la metodología legal de costos.

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Indecopi suspende pago de certificados de estudios internacionales Sunedu
La medida beneficiará a quienes tramiten el reconocimiento de grados y títulos obtenidos fuera del país. (Foto: Difusión)
Fecha actualización:
23/06/2026 - 14:47
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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó la ilegalidad del cobro de S/ 1.188,50 que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) exigía para el trámite de reconocimiento de grados y títulos obtenidos en universidades extranjeras.

La decisión fue oficializada mediante la Resolución N.° 0257-2026/SEL-INDECOPI, emitida el 5 de junio de 2026, que ratifica un fallo de primera instancia y dispone que dicho monto deje de ser aplicado a los administrados una vez que la medida entre en vigencia.

 

¿Por qué Indecopi declaró ilegal el cobro?

Según el análisis realizado por Indecopi, la Sunedu no logró demostrar que el incremento de la tasa —que pasó de S/ 325 a S/ 1.188,50 en diciembre de 2024— haya sido calculado siguiendo la metodología obligatoria de determinación de costos establecida por la Presidencia del Consejo de Ministros.

Asimismo, concluyó que la entidad tampoco acreditó adecuadamente que el monto correspondiera al costo real del servicio brindado. Entre las observaciones realizadas figura la falta de sustento respecto al tiempo de trabajo asignado al personal encargado de evaluar los expedientes y la cantidad de solicitudes utilizadas para establecer el costo final del procedimiento.

 

¿Desde cuándo dejará de cobrarse?

La resolución ordena a Sunedu dejar sin efecto este cobro con alcance general para todos los ciudadanos afectados. Sin embargo, la disposición comenzará a aplicarse recién al día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano, trámite que se concretaría en los próximos días.

Además, Indecopi advirtió que si la superintendencia continúa exigiendo el pago de S/ 1.188,50 una vez vigente la orden de inaplicación, podría enfrentar un procedimiento sancionador y multas de hasta 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 110.000.

El organismo precisó que la decisión no implica la eliminación del procedimiento ni que automáticamente se regrese al cobro anterior de S/ 325. La Sunedu mantiene la facultad de cobrar por el reconocimiento de títulos y grados obtenidos en el extranjero, pero deberá fijar una nueva tarifa sustentada técnicamente y acorde con la normativa vigente.

Asimismo, la resolución establece que la entidad deberá informar públicamente sobre la eliminación de esta tasa y reportar las acciones adoptadas para cumplir con el mandato emitido por Indecopi.

 

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