Camino despejado. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha declarado fundada la apelación que presentó el partido Renovación Popular, confirmando que Rafael López Aliaga podrá postular como teniente alcalde de Lima en las elecciones del 4 de octubre.
Esta decisión contradice a la resolución del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de López Aliaga por su condición de senador electo y proclamado para el periodo parlamentario 2026-2031.
El debate de ampliación presupuestal por más de S/9.000 millones se postergó hasta el mediodía del martes 14 de julio.
Cabe recordar que, el exalcalde de Lima, fue incluido en la nómina de Luis Rubio, quien postula a la alcaldía Metropolitana de Lima.
"La causa resuelta es la apelación presentada por la organización política Renovación Popular en contra de la Resolución N° 04301-2026-JEE-LICN/JNE que declaró improcedente la inscripción de la candidatura de Rafael López Aliaga como teniente alcalde de Lima, precisando que se mantiene vigente su condición de senador electo para el período parlamentario 2026-2031. (...) Los magistrados del Pleno del JNE evaluaron las pruebas presentadas por la defensa legal de Renovación Popular, y publicaron esta noche el sentido de su fallo declarando fundada la apelación", detalló el JNE.
¿Qué sostuvo la defensa legal de López Aliaga?
Durante la audiencia, el abogado de López Aliaga, Virgilio Hurtado, sostuvo que la restricción para postular a cargos municipales solo alcanza a parlamentarios en ejercicio y no a quienes fueron elegidos, pero aún no asumieron funciones. Señaló que los nuevos senadores y diputados iniciarán labores el próximo 26 de julio.
Indicó además que López Aliaga no había juramentado ni asumido funciones como senador y que, por tanto, su elección no debía impedirle participar como candidato en las elecciones municipales.
La defensa también explicó que la renuncia de López Aliaga al cargo de senador no deja sin efecto la proclamación del JNE, pero sí permite discutir sus consecuencias jurídicas.
Es preciso recordar que el pasado 10 de julio, el ex alcalde de Lima se reafirmó en su decisión de no jurar como senador, a pesar de haber sido elegido en las Elecciones Generales 2026, luego de haber denunciado una serie de irregularidades que, según él, provocaron que no acceda a la segunda vuelta presidencial.
“No voy a ser senador nunca de este Congreso”, manifestó durante una actividad partidaria realizada en el sector de Huaycán, en el distrito de Ate.
El JEE rechazó su candidatura
El Jurado Electoral Especial declaró improcedente la candidatura de López Aliaga mediante la Resolución N.° 04301-2026-JEE-LICN/JNE, emitida el 30 de junio.
En este documento, la entidad argumentó que el líder de Renovación Popular había adquirido la condición de senador electo y proclamado mediante la Resolución N.° 1412-2026-JNE, del 19 de junio de 2026.
Por ello, el JEE sostuvo que las cartas presentadas por el líder de Renovación Popular solo expresaban su voluntad de no ejercer el cargo, pero no acreditaban que su elección, proclamación o credencial hubieran quedado jurídicamente sin efecto.
La resolución determina que el partido no presentí un acuerdo, una resolución o algún pronunciamiento de la autoridad competente que modifique de manera formal la condición jurídica de López Aliaga como senador electo y proclamado.
Por esa razón, el JEE concluyó que la observación formulada contra la candidatura no había sido subsanada y rechazó su inscripción como candidato a regidor de Lima.
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