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ELECCIONES GENERALES 2026

García Toma: "Demanda para anular votos del exterior es una maniobra burda"

Expresidente del TC señala que lo que busca recurso planteado por abogado de Pedro Castillo es "petardear la final del proceso electoral".

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Votos en el exterior
"Se estaría impidiendo que quienes participaron en el proceso expresen su voluntad sufragial en el conteo de esos votos", indicó García Toma.
Fecha actualización:
16/06/2026 - 20:03
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El expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Víctor García Toma, advirtió que la acción de amparo presentada ante el Poder Judicial (PJ) por el abogado Walter Ayala —que busca anular los votos de los peruanos en el exterior en el marco de la segunda vuelta— va en contra de los derechos de un número significativo de connacionales a quienes —subrayó— "se les pretende impedir expresar su voluntad sufragial en el conteo de los votos".

 

De acuerdo a la demanda de amparo planteada por el abogado del golpista Pedro Castillo —hoy aliado del congresista candidato Roberto Sánchez—, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habría "violado el principio de intangibilidad electoral" al dar una resolución sobre lineamientos para las actividades electorales en el extranjero que, en su interpretación, modifica las normas que regulan el voto de los peruanos en el exterior.

Consultado sobre el tema, García Toma explicó que "esta discusión no es propia de un amparo sino de una acción popular". 

"Si hay una norma de rango inferior que vulnera, transgrede o incumple lo dispuesto por otra norma de mayor jerarquía, en este caso la ley, y esa resolución es de carácter general, eso se ventila en la vía de acción popular", explicó, y añadió, en ese contexto, que en un amparo "el interesado tiene que acreditar que ha habido la amenaza o violación de un derecho fundamental, cosa que Ayala no ha planteado".

"Él ha señalado que hay una contradicción entre lo que es una norma de rango inferior —en alusión a la resolución de la ONPE— y otra de rango superior. Si hay una afectación a los derechos fundamentales es la que pretende hacer el señor Ayala con su demanda, porque estaría impidiendo que quienes participaron en el proceso electoral puedan dejar expresa su voluntad sufragial en el conteo de esos votos. Entonces, hay una situación bastante atípica: el amparo que debe servir para defender los derechos fundamentales termina convirtiéndose en un instrumento para afectar un número importante y significativo de votos ciudadanos, de personas que son peruanos y,  en consecuencia, tienen los mismos derechos que los compatriotas que residen dentro del territorio nacional", puntualizó.  

Maniobra torpe

El constitucionalista agregó que a la fecha todos los amparos deben ser tramitados. No obstante, comentó también que "en un amparo, como no hay etapa probatoria, al juez constitucional no le corresponde determinar si ha habido o no esa supuesta anomalía que el señor Ayala ha planteado".

En ese contexto, consideró que la demanda es "un pretexto para, de alguna manera, entorpecer o petardear la parte final del proceso electoral".

Recordó, además, que la resolución de la ONPE ya era de conocimiento público desde hace varias semanas por lo que todos los actores electorales pudieron impugnarla en su momento.

"El plazo de impugnación del contenido de esa resolución ha vencido. Tampoco se ha dejado constancia de este hecho en las mesas de sufragio a través de los  personeros. Evidentemente se trata de una maniobra torpe, burda, que no tiene otro propósito que enlodar un proceso electoral que en la segunda parte se ha desarrollado, digamos, con absoluta normalidad, tanto es así que el propio señor Roberto Sánchez, hasta el día mismo de la votación, estaba de acuerdo en que todo estaba correcto", apuntó.  

"Por último, hay una doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional que señala que las etapas del proceso electoral son preclusivas. Es decir, en el momento en que el Jurado Nacional de Elecciones proclame a la señora Keiko Fujimori o proclame al señor Sánchez como nuevo presidente de la República, en ese momento concluye el proceso y ya no cabe la posibilidad de que ningún amparo surta a efectos sobre el proceso en sí", subrayó.

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