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DETENCIÓN PRELIMINAR NO ABARCARÍA A VARIOS DELITOS

Carlos Basombrío: Criminales festejan que Ejecutivo observe ley de detención preliminar

Gobierno hizo peligrosas recomendaciones en observación a norma aprobada por el Congreso.

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Gobierno propone peligrosas recomendaciones a ley de detención preliminar en caso de no flagrancia.
Fecha actualización:
15/01/2025 - 11:36
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El exministro del Interior, Carlos Basombrío, se pronunció sobre la observación del Poder Ejecutivo a la ley que restituye la detención preliminar en caso de no flagrancia.

A través de su cuenta de X, el extitular del Mininter aseguró que "el Gobierno está preocupado que incluyan a su gente investigada por corrupción".

"Mientras siguen asesinando a peruanos no hay siquiera detención preliminar porque el Gobierno está preocupado que incluyan a su gente investigada por corrupción", indicó.

Asimismo, consideró que "el Congreso va a aprovecharse de esto para hacerla larga". "Los criminales festejan", dijo.

El Poder Ejecutivo esperó a las 11:00 p.m. del lunes para observa la Ley que restituye la detención preliminar en caso de no flagrancia. La norma fue aprobada por el Congreso el 14 de diciembre. A pesar de que el Poder Ejecutivo tuvo un mes de plazo para observar la norma, decidió esperar a última hora para hacerlo, cuando el Parlamento se encuentra en receso hasta marzo.

Las peligrosas recomendaciones

La norma aprobada por el Legislativo busca restituir la detención preliminar. No obstante, el Ejecutivo la observó advirtiendo el riesgo de supuestos excesos que vulneren la libertad de las personas.

Sin embargo, el Gobierno hizo observaciones y sugerencias que, lejos de ayudar a la lucha contra el crimen, harían la detención preliminar inaplicable para diversos delitos como el de corrupción.

Abarcaría menos delitos

En el documento observado se cita el informe 000008-2025-JUS/DGAC elaborado por la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y- Derechos Humanos. En ese sentido, insta al Congreso a elegir una de las ideas planteadas por esta área en la norma observada.

La primera "sugerencia" propone limitar la detención preliminar solo para delitos de feminicidio, sicariato, conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato, secuestro, violación sexual, robo agravado, extorsión, organización criminal, tráfico ilícito de drogas y terrorismo.

Sin embargo, de utilizarse esta sugerencia del Minjus, delitos como tráfico de influencias, colusión y otros contra la administración pública quedarían exentos de la prisión preliminar.

Asimismo, el mismo informe recomienda que solo se pueda aplicar prisión preliminar sin flagrancia a delitos cuya pena sea mayor a ocho años. Con este criterio, no se podría aplicar la esta medida restrictiva a investigados por delito de tráfico de influencias, colusión simple, encubrimiento personal, obstrucción a la justicia, entre otros.

Elementos de convicción diferentes

El documento también recomienda que los elementos de convicción utilizados para obtener la detención preliminar sin flagrancia no puedan ser utilizados para imponer una prisión preventiva.

"Se propone explorar la posibilidad de que (...) los "elementos razonables" sobre los que se funde una detención preliminar sin flagrancia no sean los mismos para dictar una eventual prisión preventiva siendo que para esta deben fundamentarse en nuevos elementos de convicción bajo el grado de fundados y graves elementos de convicción", indica texto.

Jueces distintos

En el texto enviado al Congreso también se sugiere que el juez que dicta la detención preliminar no pueda ser el mismo que dicte una prisión preventiva. De acuerdo al Gobierno, esto "no es correcto", debido a que el juez se encuentra "contaminado del caso".

"Se han evidenciado casos en que un juez de investigación preparatoria que dictó una detención preliminar judicial resultó ser el mismo que dicta una prisión preventiva en un caso concreto, lo cual no resulta correcto ya que un juez 'contaminado' del caso estaría resolviendo esta última medida, y se termina vulnerando el principio de imparcialidad, de/juez. 

Prohibir exposición mediática

Por otra parte, el informe citado por el Ejecutivo insta a establecer una "restricción para evitar la exposición mediática de los detenidos", "quedando prohibido cualquier tipo de difusión, divulgación o exhibición a través de fotografías y videos, en respeto irrestricto al principio de presunción de inocencia".

De acuerdo al Gobierno, esta restricción serviría para que los fiscales no se sientan "obligados a requerir prisión preventiva cuando no cuenten con todos los elementos de convicción".

Más requisitos para la detención preliminar

El documento sugiere el establecimiento de un "estándar de motivación adicional" para dictar una detención preliminar sin flagrancia. En ese sentido, indica que se busca establecer "un plus de exigencia en términos de debida y especial motivación".

"No podrá limitarse a una mera transcripción del requerimiento fiscal", indica. 

Sanciones a jueces

La observación del Ejecutivo contiene la sugerencia de aplicar sanciones a jueces que dicten detención preliminar "omitiendo toda motivación al respecto o la dicta con una motivación deficiente".

"Podría incurrir eventualmente en responsabilidad administrativa o penal (delito de prevaricato)", establece.

 

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