En días pasados se ha desatado un torbellino de opiniones sobre la pensión que debe otorgarse al presidente(a) usando una serie de razones, que, en puridad, no llegan a convencerme.
Lo primero que hay que decir es que la Constitución y la respectiva Ley 26519, hablan de presidente constitucional de la república a secas. No dice si es titular, sucesor o transitorio sino presidente y nada más. Tampoco precisa que debe haber estado en el cargo 5 años ni la prohíbe para los que hayan sido vacados. Se refiere únicamente al presidente que lo es por vía constitucional y punto. Y, por tanto, hablar de presidente transitorio o interino no pasa de ser un término coloquial. Recordemos que en su momento Paniagua firmaba como presidente constitucional.
Distinto es el caso del presidente del Congreso que asume el cargo para llamar a elecciones, en cuyo caso si puede hablarse de transitoriedad, pero no si en lugar de eso, termina el periodo presidencial (diferencia sutil que hay que tener en cuenta).
El resto son buenos deseos, pero sin respaldo alguno en la normativa. Aún más, la ley señala que se suspende en caso de acusación constitucional y teóricamente se elimina en caso de sanción penal. Es decir, un mandato general, prácticamente sin excepciones que debería ser cumplido en frío.
El problema en realidad es otro. Y es que la ley, que tiene más de 30 años sin que nadie haya hecho nada para mejorarla, necesita ser aclarada y precisada.
A guisa de ejemplo me permito señalar lo siguiente:
I) Lo importante es que el presidente lo sea por vía constitucional (lo fue Dina Baluarte y lo es Jeri). Cuando en Estados Unidos renunció Nixon y lo sucedió Gerald Ford, nadie dijo que era interino o provisional.
II) La pensión debe ser completa por los 5 años. Si es menos tiempo, estimo que debe reducirse en un 50%.
III) Precisar cuándo la pensión se suspende y cuándo se pierde (debería ser solo por sentencia firme).
IV) Las sanciones políticas no deben tenerse en cuenta (las vacancias, por ejemplo).
V) Debe regir para el futuro presidente, no para el actual.
Pero esto, que es relativamente sencillo, seguramente demore. Esperemos que lo haga el próximo Congreso.