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La instalación de los ya instalados

"La discusión no debería ser quién renuncia al beneficio. Debería ser por qué la ley sigue otorgándolo a quienes no se encuentran en el supuesto para el que fue creado". 

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cogreso
Fecha actualización:
24/07/2026 - 13:37
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En los próximos días iniciará funciones el nuevo Congreso bicameral. Con él volverá una discusión conocida: el pago de los gastos de instalación. Como ocurre al inicio de cada período parlamentario, varios legisladores han anunciado que renunciarán a este beneficio de S/ 15.600, sobre todo quienes residen en Lima. Pero quizá esa no sea la discusión correcta.

Los gastos de instalación tienen una lógica evidente: cubrir los costos de quien debe instalarse en la capital para ejercer el cargo. El problema es que la ley no distingue entre quien llega desde Puno o Loreto y quien vive desde hace años en San Juan de Lurigancho, La Perla o Miraflores.

Según información periodística, al menos 68 integrantes del nuevo Congreso tienen domicilio registrado en Lima o Callao. Una parte importante de los beneficiarios, por tanto, no afrontará el gasto que la norma pretende compensar.

No es un problema de austeridad, sino de diseño institucional. Las políticas públicas responden a finalidades específicas. Cuando una regulación deja de distinguir entre quienes cumplen y quienes no cumplen el supuesto que justifica un beneficio, este pierde sentido y termina aplicándose de manera indiscriminada.

Por eso resulta curioso que el debate se concentre en las renuncias. Si cada cinco años esperamos que algunos congresistas anuncien que no cobrarán el beneficio para que el resultado parezca razonable, probablemente el problema no esté en ellos, sino en la norma.

La solución tampoco requiere grandes reformas. Bastaría con establecer que los gastos de instalación correspondan únicamente a quienes acrediten un cambio efectivo de residencia para ejercer la función parlamentaria. Ese criterio ya está implícito en la propia naturaleza del beneficio.

La discusión, entonces, no debería ser quién renuncia al beneficio. Debería ser por qué la ley sigue otorgándolo a quienes no se encuentran en el supuesto para el que fue creado. 

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