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La falacia de los 104 votos

"El problema es sencillo: confunden dos momentos distintos del procedimiento de vacancia y trasladan requisitos de uno al otro como si fueran equivalentes. No lo son".

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Fecha actualización:
27/05/2026 - 10:00
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Por estos días, algunos personajes —como Nieto Montesinos o el exfiscal Pérez— insisten en una tesis que, aunque repetida, no resiste una lectura mínima del Reglamento del Congreso: que la vacancia de Castillo habría sido inválida porque no alcanzó 104 votos (cuatro quintas partes del número legal de congresistas). El argumento suena técnico, pero es incorrecto.

El problema es sencillo: confunden dos momentos distintos del procedimiento de vacancia y trasladan requisitos de uno al otro como si fueran equivalentes. No lo son.

El artículo 89-A del Reglamento del Congreso establece dos reglas diferentes.

La primera regula el trámite: el plazo entre la admisión de la moción y su debate y votación no puede ser menor de tres ni mayor de diez días. Sin embargo, el mismo artículo prevé una excepción: si cuatro quintas partes del número legal de congresistas lo acuerdan, el procedimiento puede acelerarse. Es decir, los 104 votos solo sirven para acortar el tiempo, no para decidir el fondo.

La segunda regla es la decisiva: para declarar la vacancia presidencial se requiere el voto favorable de no menos de dos tercios del número legal de congresistas. Esto es, 87 votos.

No se trata de una interpretación sofisticada. La distinción está en el propio texto del reglamento. Sin embargo, quienes sostienen la tesis de los 104 votos omiten esta segunda parte y construyen una exigencia inexistente.

¿Qué ocurrió el 7 de diciembre de 2022? Exactamente lo que el reglamento prevé.

El Congreso alcanzó los cuatro quintos necesarios para debatir y votar la vacancia de Castillo de manera inmediata (104 votos), sin esperar los plazos ordinarios. Y, acto seguido, aprobó la vacancia con 101 votos, superando ampliamente el mínimo requerido de 87.

Se cumplieron ambas reglas: la procedimental y la decisoria.

Pretender lo contrario implica ignorar deliberadamente la lógica del sistema. El reglamento exige una mayoría especialmente alta —cuatro quintos— para reducir el tiempo de defensa del presidente, precisamente porque se trata de una excepción a los plazos ordinarios. Pero mantiene una mayoría menor —dos tercios— para adoptar la decisión política final.

El sistema, así, es más exigente para acelerar el procedimiento que para resolverlo. Quien sostiene que los 104 votos eran necesarios también para declarar la vacancia no está interpretando la norma: está reformulándola.

Así, la tesis de los “104 votos” no resiste un análisis jurídico serio. En el mejor de los casos, se trata de un error de lectura. En el peor, de un argumento político revestido de tecnicismo.

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