El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas emitió ayer un documento en el que califica como arbitraria la detención del expresidente Pedro Castillo luego del golpe de Estado que perpetró el 7 de diciembre del 2022.
Sin embargo, en entrevista con Perú21 TV, el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga señaló que se trata de un pronunciamiento no vinculante para el Estado peruano y descartó que pueda servir de sustento para un eventual indulto presidencial. Quiroga explicó que la figura del indulto tiene bases constitucionales distintas a las que plantea el informe de la ONU.
Según detalló, esta solo procede en dos supuestos: cuando una persona ha sido condenada de manera definitiva y se le perdona el cumplimiento de la pena, o cuando se otorga la gracia, en los casos en que el proceso en primera instancia ha durado más del doble de su tiempo, algo que —afirmó— tampoco ha ocurrido con Castillo.
"Ese documento, que no tiene fuerza vinculante, no puede servir de base jurídica para ninguno de estos dos aspectos", sostuvo. Agregó que tampoco puede sustentar una orden del Gobierno al Poder Judicial, pues en el Perú rige la separación de poderes, y que "una orden judicial solo se revierte por otra orden judicial". El constitucionalista cuestionó el análisis del Grupo de Trabajo y lo calificó como "una opinión distraída" que minimiza el golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, al presentarlo como un ejercicio de la libertad de expresión.
Para Quiroga, esta lectura desconoce que Castillo, en su calidad de presidente, era jefe de Estado, comandante supremo de las Fuerzas Armadas y jefe del Ejecutivo, por lo que su mensaje a la Nación no puede equipararse a la expresión de un ciudadano en la plaza pública. Señaló, además, que el documento no fue aprobado por unanimidad, sino por mayoría. Es decir, que el propio grupo discrepa sobre si los hechos configuraron o no un golpe de Estado.
En tercer lugar, indicó que el informe desconoce las bases constitucionales del Poder Judicial peruano y se limita a cuestionar la detención policial, sin tomar en cuenta que esta fue posteriormente validada por el Congreso y por el Tribunal Constitucional.Sobre la posibilidad de que el Poder Ejecutivo disponga la libertad de Castillo, Quiroga fue enfático: "Castillo no está detenido porque el Gobierno ha ordenado su detención, sino porque el Poder Judicial ha ordenado su detención a pedido de la Fiscal de la Nación". En ese sentido, remarcó que ni una orden ejecutiva, ni un indulto mal concedido, ni una gracia podrían variar la situación jurídica del expresidente.
El abogado también se refirió al uso político que Castillo ha dado al pronunciamiento a través de sus redes sociales, donde lo presentó como una reivindicación de su caso. Quiroga sostuvo que se trata de una continuación de la estrategia de victimización que el expresidente mantiene desde su detención, y precisó que el comunicado difundido "claramente es una alegoría política que él no ha redactado".
Recordó, además, que Castillo "se arroga un cargo que ya no tiene", pues fue vacado por el Congreso y la sucesión constitucional recayó en la entonces vicepresidenta. Consultado sobre un posible componente de presión política en torno al caso, el constitucionalista mencionó que dirigentes de Juntos por el Perú, como Roberto Sánchez, sostuvieron reuniones previas con la excongresista Jennifer Paredes y con el hermano de Pedro Castillo, así como con el presidente José María Balcázar. A su juicio, ello permitiría inferir presión desde ese sector hacia el Ejecutivo. Sánchez también utilizó sus redes sociales para pedir la libertad de Castillo tras conocerse la opinión de la ONU.
Al respecto, Quiroga precisó: "No es una instancia, es un grupo de trabajo, como su título lo dice, es una mera opinión, con la cual podemos disentir, y no va a tener ninguna traducción jurídica en Perú".
Cabe mencionar que Castillo ya tiene una sentencia de primera instancia. El 27 de noviembre de 2025, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó al expresidente a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión por el delito de conspiración para la rebelión.
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