Con la próxima instalación del Senado, el Perú inclina la balanza en favor de los congresos bicamerales en América Latina. A diferencia de lo que ocurre en el mundo, donde son 107 los congresos unicamerales frente a los 81 bicamerales; en el continente americano predominan los congresos bicamerales. Sin embargo, los bicameralismos son distintos en el diseño y funcionamiento.
¿En qué se diferencian los Senados? Uno de los criterios para compararlos es el ciclo electoral: cuándo se eligen y cuál es la duración del mandato. Es frecuente que el Senado se elija por periodos más prolongados que la cámara baja. Por ejemplo, en el caso de Argentina y México los senadores se eligen por 6 años, en Brasil y Chile por 8 años. Se prevé renovación parcial. En el caso peruano, los senadores se eligen por cinco años, de manera simultánea con los miembros de la Cámara de Diputados y el presidente de la república.
Otro criterio de diferenciación es la edad mínima para ser senador. Generalmente, se exige una edad superior a la de los diputados, con el objetivo de contar con mayor experiencia. En México se requiere contar con 25 años; en Argentina y Colombia, 30; en Brasil y Chile, 35 años. En el Perú, la edad mínima es 45 años, aunque se exime de este requisito si los candidatos cuentan con experiencia parlamentaria previa.
En cuanto a la representación política, históricamente los senados representaron a la aristocracia. Aún subsisten senadores designados. En el Perú, por ejemplo, hasta 1992, los presidentes se integraban como senadores vitalicios al concluir su mandato. Con la generalización de la elección popular, se vinculó la elección de los senadores a la representación territorial; mientras que la de diputados a la representación proporcional de la población. Así, en países federales, como Estados Unidos o Argentina el Senado se elige por estados o provincias. En menor medida, se eligen por circunscripción nacional como el caso de Colombia. En el Perú la mitad de los senadores será elegida con ese criterio.
Otro criterio para comparar a los senados está referido a sus atribuciones, en particular su mayor o menor peso para bloquear la aprobación de iniciativas legislativas o imponer sus preferencias. En el diseño constitucional de los bicameralismos en América Latina existen mecanismos para buscar consensos cuando se produce el desacuerdo entre las cámaras. En ningún caso, se prevé como en el caso peruano que prevalezca lo que decida el Senado. El reglamento ha previsto que la decisión del Senado de modificar o archivar una propuesta aprobada por la Cámara de Diputados requiere que al menos la mitad de los senadores esté de acuerdo. La experiencia comparada muestra que la calidad legislativa no depende necesariamente de dos cámaras, sino de otros factores, entre ellos, reglas que incentiven consensos y solución al disenso, la implementación de mecanismos institucionales que contribuyan a fortalecer la deliberación, el control y la seguridad jurídica.
VIDEO RECOMENDADO