El Consejo de Ministros aprobó un decreto legislativo que autoriza la revisión de equipos informáticos en casos de flagrancia delictiva vinculados a los delitos de extorsión, sicariato y secuestro, así como de aquellos dispositivos detectados al interior de establecimientos penitenciarios durante operativos inopinados.
El fundamento central del fallo señala que la ley impugnada equiparaba injustificadamente a adolescentes con adultos, borrando el tratamiento penal especializado que contempla el sistema de justicia juvenil peruano.
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) informó que esta disposición modifica el Código Procesal Penal, aprobado mediante el Decreto Legislativo N.° 957, con el objetivo de fortalecer las investigaciones frente a delitos considerados de alta gravedad.
De acuerdo con la norma, el efectivo policial podrá revisar la información contenida en los equipos informáticos que se encuentren en posesión del intervenido, siempre que cuente con autorización previa del Ministerio Público y cuando dicha revisión resulte indispensable para el esclarecimiento del hecho investigado.
Asimismo, la PCM precisó que, una vez concluido el acto de investigación, el fiscal deberá solicitar al juez competente la correspondiente resolución confirmatoria, garantizando así el control judicial del procedimiento.
La medida busca preservar la inmediatez en la obtención de evidencia digital, un proceso que hasta ahora demandaba mayores plazos, lo que podía generar el riesgo de pérdida o alteración de información relevante para las investigaciones penales.
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