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Exoficial mayor del Congreso: "El procedimiento debido no es el de la censura, sino la vacancia"

César Delgado Guembes conversó con Perú21 y adelantó que en el caso de la censura el presidente no estaría obliga a asistir. 

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Presidente de la República enfrenta 7 mociones de censura y una de vacancia en su contra.
Fecha actualización:
15/02/2026 - 15:26
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El proceso parlamentario iniciado contra el presidente de la República, José Jerí, ha sido cuestionado por el exoficial mayor del Congreso, César Delgado Guembes, quien advirtió una serie de irregularidades y deficiencias técnicas en el manejo de la gestión legislativa. 

Según el especialista, la actual administración del Parlamento estaría ignorando los procedimientos establecidos en el Reglamento del Congreso, lo que pone en duda la validez legal de las acciones que se pretenden ejecutar este martes 17 de febrero.

Delgado Guembes explicó que, según el Artículo 50 del Reglamento del Congreso, las legislaturas extraordinarias deben ser "convocadas" formalmente mediante un decreto y no simplemente "citadas" por la Oficialía Mayor, como si se tratara de una sesión ordinaria. 

Este decreto de convocatoria es un acto formal que debe publicarse —tradicionalmente en el diario oficial El Peruano—, precisando los artículos constitucionales que lo sustentan y el objeto específico de la agenda. Para el experto, haber obviado este paso no solo es una falta a la práctica parlamentaria, sino una muestra de "incompetencia" por parte de quienes asesoran a la Mesa Directiva.

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Asimismo, Delgado sostuvo que, si el objetivo del Congreso es la destitución, el procedimiento correcto es el de la vacancia, el cual exige un plazo de al menos 5 o 6 días y la citación obligatoria del Presidente para que ejerza su defensa. Por el contrario, la censura es un trámite acelerado que puede resolverse en horas y que, según su criterio, no es la vía idónea para remover a un jefe de Estado.

En ese sentido, Guembes aconsejó que la defensa correcta de José Jerí debe ser no apersonarse ante el Pleno si se le sigue un proceso de censura. El experto argumentó que, si el Presidente asiste a una sesión de censura, estaría reconociendo tácitamente que ese trámite es el correcto, cuando en realidad el "procedimiento debido" para su situación debería ser el de la vacancia. "El Presidente no está obligado a concurrir en un proceso de censura como parte de su derecho a la defensa", precisó.

El analista lamentó el actual manejo de los procesos parlamentarios, calificándolo de deficiente y carente de rigor. Advirtió que la omisión de las formas legales y la falta de reclamos ante estas irregularidades debilitan la institucionalidad del país.

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