“En consecuencia, este Colegiado ha determinado que existe una omisión de información por parte del candidato Isaac Humala Núñez, respecto al bien mueble de su propiedad (vehículo de placa N° 5AR500); por lo que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas N° 28094 y el artículo 38 numeral 38.1 del Reglamento de Inscripción de Lista de Candidatos, corresponde disponer la exclusión del citado candidato de la lista presentada por la organización política “Partido Político Nacional Perú Libre”, para el Congreso de la República. Así también, deberá remitirse copias certificadas de los actuados al Ministerio Público, titular de la acción penal, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”, agrega el documento.