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ELECCIONES GENERALES 2026

¿Procede la demanda ante el PJ para anular los votos de peruanos en exterior?

Constitucionalista Aníbal Quiroga sostiene que pedido de abogado castillista Walter Ayala es "inviable, discriminatorio e inconstitucional".

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Voto PEX
Son más de un millón 200 mil peruanos los peruanos que estaban habilitados para votar en el extranjero. (Foto: Andina)
Fecha actualización:
17/06/2026 - 11:33
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Con una demanda de amparo ante un Juzgado Constitucional del Poder Judicial, el abogado del golpista Pedro Castillo —aliado del candidato Roberto Sánchez de Juntos Por el Perú (JPP)— pretende que se anule toda la votación de los peruanos en el exterior alegando presuntas irregularidades y falta de transparencia en la fiscalización e inviolabilidad de la cadena de custodia. 

Con el 100% de las actas electorales procesadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ¿es posible proclamar al ganador de la segunda vuelta electoral considerando únicamente los votos emitidos en territorio nacional como reclama el exministro castillista?

El constitucionalista Aníbal Quiroga respondió a Perú21 que el recurso planteado por el abogado es "inviable".

"Una demanda de amparo no sirve para quitarle un derecho fundamental a alguien, sirve para proteger el derecho fundamental de alguien que se siente agredido. Entonces, si yo digo: hay que desconocer la votación del exterior, le estoy quitando a los peruanos nacidos en el exterior o residentes en el exterior, el derecho al sufragio", subrayó. 

El jurista recordó que "la nacionalidad peruana es una sola y da lugar a una serie de derechos y deberes" como el de ser elegido y elegir o el derecho al sufragio que —dijo— está reconocido por los tratados internacionales y concretamente por el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, por la Convención Americana de Derechos Humanos y por la propia Constitución. 

"¿Cómo podría, entonces, haber un peruano que no tenga derecho al sufragio, todo porque la elección del exterior no les conviene? Es como decir, vamos a desconocer el resultado de la votación de Puno y Cusco. ¿Por qué? Porque me conviene. Esto sería una cosa irregular, peyorativa, discriminatoria, pero sobre todo es un tema inconstitucional", advirtió.

Insistió Quiroga en que las acciones de garantía se han hecho para proteger derechos fundamentales y no para restarlos. 

Añadió que la demanda de amparo, de acuerdo a la normativa vigente, debe ser admitida, "pero será rechazada para hacer la sentencia; no tiene ninguna viabilidad, eso no es posible", anticipó.

El constitucionalista, asimismo, sostuvo que frente a esta pretensión "habría que emplazar a cada uno de los peruanos en el exterior cuyo voto se quiere anular porque —persistió— no podría quitarse el derecho de una persona sin que haya sido citada en el proceso". 

"¿Cómo va a quitarse el derecho a una persona que no ha sido partícipe del proceso? Es una demanda ridícula. Yo también podría presentar una demanda de amparo para que el mundo sea cuadrado o para que ya no exista la diferencia religiosa ¿no? Una demanda de amparo está basada para defender un hecho fundamental, no para expresar un deseo político de esa naturaleza que no tiene ninguna viabilidad", recalcó.

"Yo creo que es una expresión de la derrota y de la frustración de quien no ha sabido ganar en las elecciones y quiere ganar en la mesa", prosiguió.

En ese contexto, recordó que Walter Ayala tiene "toda una historia de amparos que le han dado una fama dudosa" con recursos contra el Congreso para impedir la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional o la elección del Defensor del Pueblo, y varios más para favorecer a Pedro Castillo. " Hay cosas que no se pueden fabricar en el derecho y que pasan por un conocimiento esencial. Las demandas constitucionales tienen por objeto proteger derechos fundamentales, no restringirlos", reiteró Quiroga.

En esa línea, comentó que el Poder Judicial "en un primer momento, tiene un deber de aplicación de conducta en el Código del Colegio de Abogados y podría remitir a Ayala, y lo mismo en el Tribunal Constitucional". 

"Ya ha habido en el Tribunal Constitucional muchas multas que se han puesto a abogados por plantear cosas que no tienen sustento ninguno; una cosa es plantear una duda por un tema razonable, otra cosa es plantear algo que de antemano es manifiestamente ridículo", concluyó.

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