El Ministerio de Educación (Minedu) confirmó el calendario oficial del año escolar 2025 mediante la Resolución Ministerial N.° 556-2024-MINEDU, en la cual se establecen las fechas de las denominadas "vacaciones escolares" de octubre.
Según el cronograma, el cuarto bloque de la Semana de Gestión se llevará a cabo del 13 al 17 de octubre, lo que significa que los estudiantes de instituciones educativas públicas tendrán un descanso de cinco días.
Legisladora de la bancada Podemos Perú publicó una historia en Instagram donde minimiza lo ocurrido. Hasta el momento, en tanto, el Congreso no se ha pronunciado sobre su accionar. Tampoco la Fiscalía.
Este receso, aplicado a nivel nacional, busca garantizar un equilibrio entre el rendimiento académico y el bienestar emocional de los escolares.
El Minedu explicó que el objetivo es brindar un espacio de recuperación física y mental a los alumnos, al mismo tiempo que se consolida lo aprendido antes de iniciar un nuevo bloque de estudios.
Trabajo para docentes
Si bien los estudiantes no tendrán clases, la situación será distinta para docentes y directivos de los colegios públicos. Durante esta semana, ellos deberán continuar asistiendo a sus instituciones educativas para cumplir con labores administrativas y pedagógicas.
Entre las tareas programadas figuran la organización y registro de notas, la evaluación del progreso académico, la planificación de estrategias de enseñanza y la revisión de los avances del año escolar.
El Minedu precisó que la Semana de Gestión no es solo un espacio administrativo, sino una herramienta clave para fortalecer la calidad educativa en sus cuatro dimensiones: estratégica, pedagógica, administrativa y comunitaria.
De esta manera, se busca asegurar el cumplimiento de los objetivos educativos establecidos y los días lectivos mínimos que exige la normativa nacional.
¿Y qué pasa con los colegios privados?
El Minedu también señaló que las instituciones educativas privadas contarán con mayor flexibilidad. Estos centros podrán organizar su propio calendario y establecer fechas distintas a las dispuestas en el calendario nacional, siempre que respeten los criterios mínimos establecidos y lo incluyan en su Reglamento Interno.
“En el caso de las IIEE privadas, estas pueden establecer fechas distintas siempre que lo consideren conveniente y cumplan con los criterios mínimos, incluyendo esta organización en el Reglamento Interno de las instituciones educativas”, se detalla en la resolución ministerial.
Esta autonomía responde a la diversidad de contextos y necesidades en el sector privado, mientras que en los colegios públicos se mantiene una programación estandarizada para garantizar un marco común en todo el país.
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