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Indecopi multó a tienda de ropa por revisión indebida de pertenencias a cliente

El ente defensor de los usuarios concluyó que hubo una afectación a la dignidad de la demandante.

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Indecopi multó tienda de ropa por revisión indebida a cliente
Conoce el caso y la resolución final aquí (Foto: Pixabay).
Fecha actualización:
31/08/2025 - 13:04
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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) multó a una reconocida tienda de ropa por una revisión indebida de pertenencias a una cliente.

El caso ocurrió cuando una mujer salía de uno de los locales de H&M, en Chiclayo, y el sensor de seguridad se activó. Según ella, el personal de la empresa intentó meter sus manos en su bolso para inspeccionar.

Esto, de acuerdo a la denunciante, fue una vulneración a su privacidad y, además, se realizó frente a otros clientes, lo que afectó su dignidad y fue considerado por ella como un agravante a lo sucedido.

La cliente interpuso el reclamo el día de lo ocurrido, durante las últimas fiestas de fin de año del 2024, ante Indecopi, que a su vez le solicitó el descargo formal a la mencionada empresa de venta de ropa de estación.

Según el portal LP Derecho, la Resolución Final 0426-2025/INDECOPI-LAM, la revisión indebida a la mujer -que inclusive mostró voluntariamente el interior de su bolso- ocurrió el 18 de diciembre de 2024.

La denunciante afectada pidió como medidas correctivas que la tienda de ropa la indemnice por el daño ocasionado y que capacite a su personal de seguridad en un trato adecuado hacia todos sus clientes.

H&M, en su defensa, argumentó que la intervención se ajustó a sus protocolos internos: el cliente debe volver a pasar por el detector y, si el sistema vuelve a alertar, se debe realizar una verificación visual del bolso.

Y, como prueba, la empresa demandada presentó fotografías, una declaración jurada y el libro de ocurrencias; sin embargo, no entregó el video de seguridad solicitado por la autoridad para constatar el hecho.

Esto último fue clave para Indecopi, que concluyó que la compañía no acreditó haber actuado de manera adecuada, a pesar de estar en mejor posición para probarlo, ya que no presentó el video de seguridad.

La sanción fue una multa de 1 UIT, equivalente a S/5.150, y la orden de capacitar a su personal de seguridad en buenas prácticas de atención al cliente, bajo apercibimiento de recibir otra multa coercitiva de 3 UIT.

Finalmente, ambas partes tienen un plazo de quince (15) días hábiles para presentar un recurso de apelación ante Indecopi, por medio de su Sala Especializada en Protección al Consumidor.


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