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Elecciones 2026: Gobierno otorga facilidades laborales para votar y beneficios a miembros de mesa

Decreto supremo establece tolerancias laborales, días de descanso y permisos especiales para garantizar la participación ciudadana en la segunda elección presidencial del domingo 7 de junio.

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ELECCIONES
Quienes ejerzan como miembros de mesa sin haber culminado la capacitación o sean designados el mismo día de la elección debido a la ausencia de titulares y suplentes tendrán derecho a un día de descanso remunerado compensable el lunes 8 de junio.
Fecha actualización:
02/06/2026 - 07:08
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El Gobierno aprobó medidas laborales especiales para facilitar la participación de los ciudadanos en la segunda elección presidencial del próximo 7 de junio de 2026. 

La disposición, publicada mediante el Decreto Supremo N.º 007-2026-TR, beneficia a miembros de mesa, trabajadores que deben desplazarse a otras ciudades para votar y personas que laboran durante la jornada electoral.


Entre las principales medidas figura el beneficio para los miembros de mesa. 

-Aquellos que fueron designados por sorteo, completaron su capacitación y cumplan efectivamente la función recibirán un día de descanso remunerado no compensable, tal como establece la Ley Orgánica de Elecciones.

-Quienes ejerzan como miembros de mesa sin haber culminado la capacitación o sean designados el mismo día de la elección debido a la ausencia de titulares y suplentes tendrán derecho a un día de descanso remunerado compensable el lunes 8 de junio. Las horas dejadas de laborar deberán recuperarse dentro de los diez días calendario siguientes o según determine el empleador.

El decreto también contempla facilidades para los trabajadores que prestan servicios en una localidad distinta a la de su centro de votación. En estos casos, quienes acrediten haber sufragado podrán ausentarse de sus labores los días viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio. Los días laborables deberán ser compensados posteriormente mediante acuerdo entre trabajador y empleador o según lo determine la entidad pública correspondiente.

Además, los trabajadores cuyas jornadas coincidan con el domingo 7 de junio tendrán derecho a periodos de tolerancia para acudir a votar. Si además cumplen funciones como miembros de mesa, podrán no asistir a trabajar ese día.

La norma precisa que el Certificado de Participación emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) servirá como documento para acreditar el desempeño como miembro de mesa y acceder a los beneficios establecidos.

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