Si eres uno de los miles de peruanos que trabaja desde casa, hay nuevas reglas que debes conocer. El Ejecutivo publicó este miércoles el Decreto Supremo N.° 009-2026-TR, que actualiza el Reglamento de la Ley del Teletrabajo y establece cambios que impactan tanto a trabajadores como a empleadores del sector público y privado.
Debido a su profundidad de 101 km, el movimiento se percibió con una intensidad ligera en el distrito de Ricardo Palma y zonas aledañas de la cuenca del río Rímac.
La norma adecúa el reglamento a las modificaciones introducidas por la Ley N.° 32102 y precisa aspectos relacionados con las actividades personales durante la jornada laboral, el cambio del lugar desde donde se realiza el teletrabajo, la seguridad y salud en el trabajo y la protección frente a problemas de conectividad.
¿Podrán sancionar actividades personales durante la jornada?
Uno de los principales cambios es la incorporación del artículo 10-A, que regula las actividades particulares realizadas mientras se teletrabaja.
El reglamento señala que las actividades personales —aquellas que no guardan relación con las funciones laborales— deberán sujetarse a las políticas de licencias y permisos establecidas por cada empleador.
Además, si durante una supervisión el empleador detecta que el trabajador realiza actividades personales no autorizadas, este deberá justificarlas. Si no presenta una explicación válida, la empresa podrá iniciar el procedimiento disciplinario correspondiente, respetando el debido proceso y los principios de legalidad, razonabilidad y tipicidad.
La norma también indica que, en caso de abandono del lugar habitual de teletrabajo sin autorización, el empleador podrá evaluar la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en la legislación laboral vigente.
Cambiar de domicilio requerirá aviso previo
Otro de los cambios establece que el teletrabajador podrá modificar el lugar habitual desde donde presta servicios, pero deberá comunicar esa decisión al empleador con cinco días hábiles de anticipación, salvo que exista una causa debidamente justificada.
Esa comunicación tendrá carácter de declaración jurada y deberá garantizar que el nuevo lugar cuenta con las condiciones tecnológicas necesarias para desarrollar las labores.
Tras recibir el aviso, el empleador deberá evaluar los riesgos del nuevo espacio de trabajo y adoptar las medidas necesarias para garantizar condiciones adecuadas de seguridad y salud ocupacional.
¿Qué pasa si falla el internet?
El reglamento también protege a los teletrabajadores frente a situaciones fuera de su control.
Los problemas técnicos o de conectividad ocasionados por caso fortuito o fuerza mayor no podrán considerarse una falta disciplinaria, afectar la productividad ni reducir la remuneración del trabajador, siempre que este comunique oportunamente el inconveniente a través de los canales establecidos por el empleador.
Más obligaciones para las empresas
La actualización del reglamento también amplía la información que deberá contener el contrato o acuerdo de teletrabajo.
Entre los aspectos obligatorios figuran:
- Derechos y obligaciones del teletrabajador.
- Medidas para prevenir el hostigamiento sexual.
- Protocolos de seguridad y salud en el trabajo.
- Medidas de ciberseguridad y protección de información confidencial.
- Condiciones de mantenimiento de los equipos entregados por la empresa.
- Ajustes razonables para trabajadores con discapacidad, cuando corresponda.
El decreto también modifica las reglas sobre seguridad y salud en el trabajo.
El empleador podrá realizar evaluaciones presenciales o digitales del espacio donde el trabajador desarrolla sus funciones, notificándolo con al menos 48 horas de anticipación.
Como alternativa, ambas partes podrán acordar un sistema de autoevaluación mediante un formulario oficial para identificar riesgos laborales.
Asimismo, la evaluación se limitará únicamente al ambiente destinado al teletrabajo y no abarcará todo el domicilio del trabajador.
Finalmente, el reglamento dispone que los empleadores establezcan pausas activas durante la jornada laboral, las cuales deberán ser cumplidas por los teletrabajadores conforme a las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo.
¡SEMANA CYBER! Recibe la edición diaria de Perú21 con 75% de descuento. Solo S/ 4 al mes (pago único anual de S/ 45). Del 13 al 19 de julio. Suscríbete aquí.
VIDEO RECOMENDADO