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¿Supervisada o registrada en la SBS? Lo que todo usuario debe saber

Solo las entidades supervisadas pueden recibir depósitos; las registradas cumplen un rol distinto.

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SBS educación financiera
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) cumple un rol clave en la protección del ahorro del público. (IMAGEN: SBS)
Fecha actualización:
16/08/2025 - 09:11
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) cumple un rol clave en la protección del ahorro del público. Según explica Daniel Reátegui, coordinador de Supervisión de Actividades Informales de la SBS, por mandato constitucional esta entidad regula y supervisa a los sistemas financieros, de seguros, privado de pensiones y cooperativas de ahorro y crédito, además de liderar la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

En ese marco, es importante diferenciar entre una empresa supervisada y regulada por la SBS y otra que simplemente está registrada en la SBS por mandato legal.

Las empresas supervisadas y reguladas como bancos, financieras, cajas, aseguradoras, AFP y cooperativas de ahorro y crédito son sometidas a normas estrictas que buscan garantizar su solidez, sostenibilidad y capacidad de cumplir con los compromisos asumidos frente a sus 
clientes.

La SBS evalúa de manera permanente sus riesgos (crédito, mercado, liquidez, operacional y de prevención de lavado de activos) y puede aplicar sanciones en caso de incumplimiento. Estas entidades sí están autorizadas a captar depósitos del público, siempre bajo la Ley 26702.

Las registradas

En cambio, existen empresas que la SBS únicamente registra, como casas de cambio, empresas de préstamos, entre otras. Su inscripción responde al cumplimiento de una norma y su supervisión se limita a aspectos vinculados a la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Estas empresas están obligadas a reportar información, pero no cuentan con autorización para captar dinero en forma de depósitos ni para ofrecer productos propios de un banco o financiera.

Reátegui advierte que varias de estas empresas registradas buscan presentarse como reguladas para generar confianza, ofreciendo productos de ahorro que no están autorizadas a brindar. Ello constituye una infracción a la Ley 26702 y un delito de intermediación financiera no autorizada, tipificado en el artículo 246 del Código Penal.

Dijo que la recomendación es clara: antes de confiar sus ahorros, los usuarios deben verificar en la página oficial de la SBS el listado de entidades autorizadas para captar dinero del público. El enlace oficial es: https://www.sbs.gob.pe/usuarios/informacion-financiera/informalidad-financiera/cuidate-de-la-informalidad-financiera

Cualquier consulta sobre las entidades que se encuentran autorizadas, reguladas y supervisadas por la SBS, se puede realizar a través de los teléfonos 0-800-10840 (línea gratuita a nivel nacional) o 01-200-1930. También se puede escribir al correo informalidad@sbs.gob.pe y visitar el portal www.sbs.gob.pe. 

 

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