El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que el 15 de mayo vence el plazo para que se realice el primer depósito semestral de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo noviembre y abril.
Ejecutivo evalúa esquema de garantías y deuda por hasta US$2,500 millones para la estatal.
¿Quiénes tienen derecho al este beneficio? De acuerdo con el gremio, pueden recibir este recurso las personas que laboren bajo el régimen laboral de la actividad privada y mantienen un vinculación laboral vigente al 30 de abril.
Uno de los requisitos es que cumplan con una jornada mínima promedio de cuatro horas diarias y hayan laborado al menos un mes completo dentro del semestre correspondiente. No tienen derecho quienes laboren a tiempo parcial.
"Trabajadores que laboran en microempresas inscritas en el Remype no tienen derecho a la CTS si fueron contratados después de la inscripción. En cambio, sí tienen derecho aquellos trabajadores contratados antes de dicho registro", indicó la CCL.
Para el cálculo de la CTS, se considera como remuneración computable la remuneración vigente al 30 de abril; la asignación familiar, cuando corresponda; un sexto (1/6) de la gratificación percibida en diciembre anterior; así como otros conceptos remunerativos fijos, regulares y de naturaleza remunerativa. No se incluyen conceptos no remunerativos ni pagos ocasionales.
La CCL recordó que se encuentra vigente una norma que autoriza la libre disposición del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, sin necesidad de cese laboral. Esta medida no altera la obligación del empleador de realizar el depósito dentro del plazo legal.
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